Sobre la revista
La Red Iberoamericana de Investigación en Seguridad Social - RIPSS (sigla en portugués) consiste en un grupo de académicos que actúan en esta área del Derecho y que pertenecen a Universidades de Sudamérica y América Central, así como de Portugal y España, que tiene por objetivo el desarrollo conjunto de investigaciones en Seguridad Social, y de esta manera fomentar y contribuir al estudio e investigaciones sobre la seguridad social; apoyar la realización de debates, eventos y divulgación de temas vinculados a la seguridad social; promover el intercambio entre todos los investigadores e instituciones que integran la RIPSS, además de otras instituciones e investigadores; e influir en la discusión y formulación de políticas públicas sobre la seguridad social.
Grupos de Trabajo: 1) Perspectivas de la Seguridad Social para el futuro; 2) Salud pública en Iberoamérica; 3) Retos para la protección de niños, niñas y adolescentes; 4) Las reformas laborales y los derechos sociales de los trabajadores; 5) El desafío de proteger a los vulnerables en el siglo XXI.
1 - La Red Iberoamericana de Investigación en Seguridad Social – RIPSS (sigla en portugués) consiste en un grupo de académicos que actúan en esta área del Derecho y que pertenecen a Universidades de Sudamérica y América Central, así como de Portugal y España. La red tiene por objetivo el desarrollo conjunto de investigaciones en seguridad social.
2 - Son objetivos de la RIPSS:
2.1 Fomentar y contribuir al estudio e investigaciones sobre la seguridad social;
2.2 Apoyar la realización de debates, eventos y divulgación de temas vinculados a la seguridad social;
2.3 Promover el intercambio entre todos los investigadores e instituciones que integran la RIPSS, además de otras instituciones e investigadores; e
2.4 Influir en la discusión y formulación de políticas públicas sobre la seguridad social;
3 - Se consideran fundadores de la red los investigadores que firman su protocolo de institución.
4 - La RIPSS debe guiarse por la defensa de la autonomía de sus investigadores, absoluta libertad de manifestación del pensamiento, exigencia de conductas éticas y solidaridad y respeto a los derechos humanos.
6 - Las deliberaciones de la RIPSS serán siempre tomadas por la mayoría simple de sus miembros, preferentemente a través de vía electrónica.
7 - Serán elegidos, en los meses de junio de todos los años, el Líder y Vice-líder de la RIPSS, siendo que el primero tendrá la responsabilidad de mantener las actividades de la red y el segundo lo ayudará en tales atribuciones.
8 - La admisión de nuevos investigadores en la RIPSS dependerá de su aprobación por la mayoría de los integrantes de la red.
9 – El investigador que violare cualquiera de los principios de la RIPSS o dejare de producir estudios o investigaciones en el área podrá ser desconectado de la red, por voto de la mayoría de sus miembros.
10 – La desvinculación del investigador de la red podrá producirse en cualquier momento, mediante comunicación electrónica simple a su presidente.
11 - Por deliberación de la mayoría de sus miembros, la RIPSS podrá instituir una contribución para el mantenimiento de sus actividades.
12 - La RIPSS deberá mantener la inscripción del Directorio de Investigación en el Consejo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico - CNPQ y, facultativamente, en agencias análogas de otros países.
13 - Se realizará anualmente un Congreso de la Red Iberoamericana de Investigación en Seguridad Social, en el lugar y calendario propuesto por el Líder y aprobado por la mayoría de sus miembros.
14 - Los trabajos presentados en el Congreso de la RIPSS deberán ser divulgados en Anales, con registro en el Instituto Brasileño de Ciencia y Tecnología - IBICT, para fines de asignación de ISSN.
15 - Las modificaciones del presente Protocolo, así como cualquier otra deliberación de interés de la RIPSS, serán adoptadas por deliberación de todos los investigadores integrantes de la red, siempre por mayoría simple, preferentemente mediante la vía electrónica.