LA LEGITIMIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA PARA CELEBRAR CONVENIOS PARA GRUPOS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD INVOLUCRADAS EN CONFLICTOS COLECTIVOS
Palabras clave:
Defensor público. Grupos vulnerables. Legitimidad. acuerdos. Conflictos Colectivos.Resumen
El presente trabajo tiene como tema investigar la legitimidad de la Defensoría Pública para celebrar convenios a favor de grupos de personas en situación de vulnerabilidad involucradas en conflictos colectivos. A su vez, tras el aumento de las relaciones jurídicas y el carácter que han asumido los conflictos en la actualidad, no se puede olvidar que la adecuada resolución implica la creatividad de los participantes comprometidos mutuamente en la construcción de una solución justa y eficaz que satisfaga los intereses de todos los involucrados. . Se indagó en la bibliografía especializada sobre el tema en análisis, además de la jurisprudencia seleccionada del Superior Tribunal de Justicia y del Supremo Tribunal Federal. Al final, se concluye que la Defensoría del Pueblo tiene legitimidad para interponer acciones civiles públicas en favor de la defensa de los derechos colectivos de grupos de personas en situación de vulnerabilidad, independientemente de la prueba previa de la situación de pobreza de los involucrados, aun cuando involucrado el conflicto colectivo implica derechos colectivos difusos en sentido estricto o derechos individuales homogéneos, por lo que, en tales situaciones, también tiene la legitimidad inherente para celebrar acuerdos a favor de grupos de personas en situación de vulnerabilidad, especialmente porque la La acción extrajudicial de la Defensoría Pública debe promoverse como una prioridad en la búsqueda de una solución adecuada a los conflictos.Descargas
Publicado
2023-03-26
Número
Sección
GT "O desafio de proteção aos vulneráveis no século XXI"
Licencia
Derechos de autor 2023 Anales del Congreso Internacional de La Red Iberoamericana de Investigación en Seguridad Social

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